Marco Regulatorio Referencial

La Oficina de Innovación Financiera promoverá el dialogo entre entes privados y el diálogo público-privado para la identificación de demandas y sensibilidades de las personas, emprendimientos y empresas tanto de la industria tradicional como del ecosistema financiero digital. Estos insumos servirán para la mejora del marco regulatoria referencial del país.

· Ley para Facilitar la Inclusión Financiera. Tiene por objeto propiciar la inclusión financiera y fomentar la competencia en el sistema financiero, así como reducir costos para los usuarios y clientes del referido sistema, estableciendo las regulaciones mínimas. Dicha ley es conocida como Ley de Dinero Electrónico, la cual puedes observar en el siguiente link: Ley para Facilitar la Inclusión Financiera

· Ley Bitcoin. Tiene por objeto la regulación del Bitcoin como moneda de curso legal irrestricto, la cual puedes observar en el siguiente link: Ley Bitcoin

· Reglamento de Ley Bitcoin. La cual tiene como objeto desarrollar, facilitar y asegurar la aplicación de la Ley Bitcoin, el cual se puede observar en el siguiente link: Reglamento de Ley Bitcoin

· Normas Técnicas para Facilitar la Participación de entidades Financieras en el Ecosistema Bitcoin, las cuales tienen por objeto regular los sujetos que ofrezcan servicios basados en Bitcoin a sus clientes. Puedes observarlas en el siguiente link: Normas Técnicas Bitcoin

· Lineamientos para la Autorización del Funcionamiento de la Plataforma Tecnológica de Servicios con Bitcoin y Dólares, los cuales tienen por objeto establecer las disposiciones aplicables para la autorización del funcionamiento de las plataformas tecnológicas de los servicios con Bitcoin y Dólares, y se pueden observar en el siguiente link: Lineamientos para la Autorización del Funcionamiento de la Plataforma Tecnológica de servicios Bitcoin y Dólares

· Ley de Firma Electrónica. Tiene por objeto regular y fiscalizar lo relativo a los proveedores de servicios de certificación electrónica, certificados electrónicos y proveedores de servicios de almacenamiento de documentos electrónicos, la puedes observar en el siguiente link: Ley de Firma Electrónica

· Instructivo de Nuevos Productos. Sirve para conocer los criterios y requisitos establecidos por el Banco Central de Reserva para la aprobación de nuevos productos que deriven en operaciones activas y pasivas de crédito y otros servicios bancarios y financieros, lo puedes observar en el siguiente link: Instructivo de Nuevos Productos

· Normas Técnicas sobre medidas de Ciberseguridad en Canales Digitales. El objeto de las presentes Normas es regular las medidas de ciberseguridad de las entidades financieras, por medio de los cuales se recopila, procesa, transmite y se almacena la información de los productos y servicios financieros que las referidas entidades ofrecen a sus clientes en canales digitales: Normas Técnicas de Ciberseguridad

· Normas Técnicas para la Gestión de la Seguridad de la Información. El objeto de las presentes Normas es establecer los criterios mínimos para la gestión de la seguridad de la información y la ciberseguridad de la misma, acorde a las mejores prácticas internacionales, naturaleza, tamaño, perfil de riesgo de las entidades y volumen de sus operacione: Normas Técnicas de Seguridad de la Información.

· Regulaciones aplicables al Sistema Financiero. Se pueden observar en el siguiente link: Regulación del Sistema Financiero

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